PENSION DE SOBREVIVIENTE

la ley 797 de 2003, sobre la exigencia de la noma respecto a la convivencia que debe demostrar el cónyuge o la compañera o compañero del pensionado o afiliado fallecido, ya la sala a tenido oportunidad de pronunciarse, en el sentido que ambos casos, es necesario el causahabiente demostrar convivencia con el causante al momento del fallecimiento de este.

es así como como, se puede demostrar la posible convivencia, hay que anotar que esta tiene que ser mayor de 2 años, esta bien interesante anotar que dicha ley expresa y habla, sobre las parejas del mismo sexo, que tienen derechos pensionales.

martes, 3 de agosto de 2021

CORUPCION mi APORTE PERSONAL. Tu que crees?

Mi humilde aporte, se que es un problema social, cultural y político.

No es posible eliminarlo del todo este mal, pero si es posible disminuirlo.

mi aporte seria quitarle la potesta NOMINATIVA a cualquier funcionario Publico, servidor estatal, funcionario de coorporacion gubernamental y altos cargos gubernamentales o que el estado tuviera participación.

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